LEGISLACION LABORAL FRENTE A PANDEMIA POR COVID-19 Prohibición de despidos y suspensiones: La emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria, social establecida por ley 27541 y decretos 260/20 y subsiguientes establecen medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio por la Pandemia por Covid-19.quedando prohibido los despidos y suspensiones con los alcances: Despidos sin justa causa, por falta o disminución de trabajo, por fuerza mayor (hechos imprevisibles, inevitables y ajenos al riesgo empresarial desde el 31/03 y por 240 días. Se pueden realizar por sanciones disciplinarias. Con fecha 5/5 FAECyS, CAC, CAME y UDECA se hace
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