LEGISLACIÓN LAB ORAL Y PRÁCTICA IMPOSITIVA para 3ro C – 7ma actividad

CURSO: 3º C

DOCENTE: FRANCESCHINI VIRGINIA vmfranceschini@hotmail.com

ASIGNATURA: LEGISLACIÓN LABORAL Y PRÁCTICA IMPOSITIVA

TEMA A TRABAJAR: JORNADA DE TRABAJO Y DESCANSO SEMANAL y ANUAL

¿Qué ES EL DESCANSO?

Podemos señalar que el descanso es el tiempo que el trabajador reposa y se recupera física y psíquicamente de la fatiga producida por su labor. Tiene un carácter higiénico y biológico, porque le permite preservar su salud; además es necesario gozar de un tiempo libre para recreación, dedicación a su familia, desarrollo de actividades culturales y sociales.

¿Qué ES EL DESCANSO DIARIO?

Es el tiempo libre que el trabajador tiene en el día luego de cumplida la jornada obligatoria de trabajo de ocho horas diarias y seis en los trabajos riesgoso o insalubres. La ley fija una pausa de 12hs. entre cada jornada de trabajo.

La limitación de la jornada está dada no solamente por las razones antes indicadas, sino que también sirve para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo, que son producidas por el cansancio.

¿Qué ES EL DESCANSO SEMANAL?

Es el descanso que tiene a partir de las 13hs del sábado, hasta el día lunes. Además de las finalidades del descanso diario, se lo destinó para que los trabajadores puedan asistir al culto religioso. En caso de trabajar el sábado después de las 13hs, se paga doble salario, además si la tarea por su característica exige que sea cumplida en ese periodo de descanso (como el caso de un mozo en un bar) se le debe dar un franco compensatorio.

TRABAJO NOCTURNO O INSALUBRE

La jornada de trabajo íntegramente nocturna no podrá exceder de siete (7) horas diarias, entendiéndose por tal la que se cumpla entre la hora veintiuna de un día y la hora seis del siguiente.

La jornada de trabajo en tareas o condiciones declaradas insalubres no podrá exceder de seis (6) horas diarias o treinta y seis (36) semanales. La insalubridad no existirá sin declaración previa de la autoridad de aplicación, con fundamento en dictámenes médicos de rigor científico y sólo podrá ser dejado sin efecto por la misma autoridad si desaparecieran las circunstancias determinantes de la insalubridad

VACACIONES

Es el periodo pago,mínimoy continuado de descanso anual que se le otorga al trabajador por razones biológicas y de integración familiar. Del concepto se desprende que las vacaciones deben ser pagas por el empleador y obligatorio su goce.

El plazo de goce según el art.150 de la L.C.T, va desde:

  • 14 días corridos cuando la antigüedad no excede de 5 años,
  • 21 días corridos cuando la antigüedad no excede de 10 años,
  •  28 días corridos cuando la antigüedad  no excede de 20 años,
  • 35 días corridos cuando la antigüedad tiene más de 20 años.

Las vacaciones se otorgan por el empleador preferentemente en el periodo que va desde el 1 de octubre al 30 de abril, la excepción se da cuando la actividad se desarrolla preferentemente en ese periodo. Como ejemplo podemos decir que un empleado de un hotel de Potrero de los Funes, no podría exigir sus vacaciones en el periodo de enero, ya que es la época de mayor trabajo.

Es importante señalar que son obligatorias y su falta de goce hace perder el derecho. Si el empleador se negara a otorgársela, puede el trabajador de manera unilateral gozarla, comunicando que tomará las vacaciones, por medio telegrama obrero gratuito o carta documento.

Por último, es importante que sepas que el periodo de vacaciones es pago y debe abonarse antes del inicio de la misma, a cuyo efecto al salario que recibe mensualmente el trabajador, se lo divide por 25 y el resultado se lo multiplica por la cantidad de días que debe gozar.

Ej: Juan tiene una antigüedad de tres años por lo que le corresponde 14 días de vacaciones, como gana $2000 pesos hay que dividir esa suma por 25 y multiplicarla por las 14 días de vacaciones, el resultado, es de $1120, que debe ser abonado antes de iniciar el período de vacaciones.

VACACIONES PROPORCIONALES

Es el periodo que le corresponde al trabajadorcuando carece del tiempo mínimo para el goce integral de las vacaciones. Las condiciones para el otorgamiento de las vacaciones es el haber prestado servicio más de la mitad de los días hábiles del año, en caso de no llegar a esa cantidad, se debe conceder en forma proporcional al tiempo trabajado (un día por cada 20 días efectivamente trabajados), si el trabajador ha prestado servicio 60 días, le darán 3 días de vacaciones.

Ej: Juan trabajó 90 días hábiles en una fábrica de calzados, ¿cómo saber cuántos días le corresponde de vacaciones? Tomamos un día de vacaciones por cada 20 días de trabajo efectivo. Por lo tanto a Juan le corresponde, 4 días de vacaciones, si hubiere trabajado 100 días le corresponderían 5 días de vacaciones.

ACTIVIDAD: luego de leer los conceptos anteriores, responder las siguientes preguntas

  1. ¿Cuál es la pausa que fija la ley entre cada jornada de trabajo?
  2. ¿A partir de qué día y hora corresponde el descanso semanal?
  3. ¿Dentro de que horario se considera trabajo nocturno?
  4. Si un trabajador tiene 7 años de antigüedad ¿Cuántos días corridos de vacaciones le corresponden?
  5. ¿En qué período deben otorgarse las vacaciones por parte del empleador?
  6. ¿Qué condiciones son necesarias para otorgar vacaciones proporcionales?

Loading

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *